Se añadió que las directrices del INE establecen que la devolución del remanente no utilizado o no justificado del financiamiento ordinario fue dictada por el Tribunal Electoral en el recurso de apelación 758 de 2017.
Recordó que en ese entonces se determinó que los partidos políticos tienen la obligación de reintegrar el financiamiento público ordinario no erogado y el no comprobado, al estar sujetos al principio de anualidad presupuestal.
Explicó que en los lineamientos ya se prevé de qué manera debe impactar un déficit o un saldo a favor.
Dijo que en el cálculo del remanente se disminuirá el déficit de un ejercicio previo, no de uno posterior, como proponía el proyecto.
Mencionó que al concluir la fiscalización de un ejercicio, la autoridad está en posibilidad de determinar con certeza cuál es el monto que, en su caso, debe reintegrarse al Estado.
«Aprobar en sus términos el proyecto, en mi opinión, implica un cambio de criterio no justificado, respecto de diversas determinaciones ya tomadas por esta Sala Superior», resaltó en su argumentación.
Agregó que ello implica que el partido no reintegre en un plazo breve la totalidad del remanente final.
«Segundo, ante la omisión del reintegro por parte del partido, por regla general, procedería a que la autoridad retenga el 100 por ciento de la ministración mensual, hasta cubrir el remanente firme, porcentaje que ya fue validado en 2022 en el recurso de apelación 142; sin embargo, esto ya no podría hacerse al tener que descontar los déficits posteriores», explicó.
Agregó que acceder a la pretensión del partido vulnera el principio de autoridad, porque implica devolver los recursos públicos ya fiscalizados y firmes.
«Se facilita diseñar malas prácticas para evadir la devolución de los recursos, toda vez que los partidos podrán extender la cadena impugnativa para aplazar la firmeza de las cifras, en tanto que vayan generando saldos a favor, que puedan invocar en su beneficio», indicó sobre un mal uso, en el futuro, de los remanentes.
Los magistrados Mónica Soto y Felipe Alfredo Fuentes Barrera apoyaron el proyecto y votaron a favor, junto con De la Mata.
Fuentes Barrera dijo que, en su opinión, Morena no afectaba las normas ni el principio de anualidad en el gasto.
«Por el contrario, es conforme con los principios que se sustenta, en los que se sustenta el sistema de prerrogativas de los partidos políticos, las normas en materia hacendaria y el principio de anualidad que rige a los remanentes», dijo.










